¿Cómo corregir errores de última hora al hacer la declaración?

Vista de la declaración de la renta en una tablet
Vista de la declaración de la renta en una tabletEUROPA PRESS
Compartir

MadridCada campaña de la Renta trae consigo prisas, despistes y errores de última hora que, si no se corrigen a tiempo, pueden derivar en sanciones o pérdidas económicas. Desde deducciones omitidas hasta datos fiscales mal introducidos, las equivocaciones en el IRPF son más comunes de lo que se piensa. Pero, ¿qué ocurre si ya hemos presentado la declaración? ¿Hay alguna manera de rectificar sin consecuencias graves? La respuesta es sí, y la Agencia Tributaria tiene habilitados dos mecanismos distintos en función del tipo de error: la rectificación de autoliquidación y la declaración complementaria.

Rectificación de autoliquidación: cuando el error te perjudica

Si al revisar tu declaración descubres que te has equivocado en contra de tus propios intereses —por ejemplo, olvidaste aplicar una deducción autonómica o declaraste más ingresos de los reales— puedes solicitar la rectificación de la autoliquidación. Esta opción permite modificar la declaración y reclamar la devolución del importe pagado de más.

PUEDE INTERESARTE

Para ello, debes acceder a tu expediente en Renta Web (mediante Cl@ve, DNI electrónico o certificado digital), seleccionar la opción "Modificar declaración presentada" y marcar la casilla correspondiente a la rectificación (generalmente la 127). La Agencia Tributaria revisará la solicitud y, si procede, devolverá la diferencia. Según el portal oficial, este trámite puede realizarse incluso después del plazo de presentación, siempre que no haya prescrito el derecho a la devolución (normalmente cuatro años). 

Declaración complementaria: cuando el error favorece al contribuyente

Por el contrario, si el error ha supuesto un perjuicio para la Administración —por ejemplo, se omitió declarar un ingreso relevante o se aplicó indebidamente una deducción—, lo correcto es presentar una declaración complementaria. Esta modalidad permite regularizar la situación antes de que Hacienda lo detecte, lo que puede evitar sanciones más severas.

PUEDE INTERESARTE

La declaración complementaria se realiza desde el mismo acceso al expediente, pero en este caso no se marca la casilla de rectificación, sino la correspondiente a complementaria. Deberás indicar el motivo de la modificación (rentas no declaradas, cambios en datos personales, etc.) y presentar de nuevo el modelo 100 con los datos corregidos.

Si el error implica pagar más IRPF del que se ingresó en la primera versión, se exigirá el pago de la diferencia, y posiblemente se apliquen recargos e intereses de demora si se presenta fuera del plazo oficial. Estos recargos pueden oscilar entre el 5% y el 20%, dependiendo del tiempo transcurrido. 

PUEDE INTERESARTE

¿Qué errores se pueden corregir?

Los errores más comunes que justifican una modificación incluyen:

  • Omisión de rendimientos del trabajo por pluriempleo o bajas temporales.
  • Inclusión de ingresos duplicados.
  • Deducciones no aplicadas por vivienda habitual, maternidad, familia numerosa o discapacidad.
  • Datos bancarios incorrectos que impiden la devolución.
  • Declaración individual cuando convenía la conjunta (o viceversa).

La importancia del plazo de rectificación

Aunque se pueden realizar estas rectificaciones incluso tras finalizar la campaña, es recomendable corregir errores antes del 30 de junio de 2025, que es la fecha límite para presentar la Renta. De este modo se evitan posibles recargos, y en el caso de aquellos errores que favorecen a Hacienda, se reduce la posibilidad de una inspección.

Además, este año la campaña incluye novedades relevantes: nuevas casillas para autoliquidaciones rectificativas, la posibilidad de pagar mediante Bizum y más servicios de ayuda personalizados a través del Plan Le Llamamos. 

Incluso después del 30 de junio es posible presentar una rectificación o complementaria, aunque conviene actuar cuanto antes. Hacienda permite la presentación de estas modificaciones durante los cuatro años siguientes, pero cuanto más se demore, mayor será el riesgo de inspección, recargos e intereses. En caso de haber recibido ya una notificación o requerimiento, es recomendable consultar con un asesor fiscal.

Equivocarse al hacer la declaración no es el fin del mundo, pero es fundamental actuar con rapidez y conocer los procedimientos adecuados para subsanar errores. Hacienda ofrece herramientas digitales sencillas para corregir tanto los fallos en perjuicio del contribuyente como aquellos que afectan a la Administración. Estar informado es la mejor defensa frente a sanciones innecesarias. La clave está en revisar bien los datos, prestar atención a las novedades normativas y no dejarlo todo para el último día.

OSZAR »